¿Preparado para disfrutar del mar?

En nuestro centro ponemos a tu disposición la realización del examen psicotécnico previo a la obtención o renovación de de titulaciones y licencia náutica para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas, como recoge la normativa establecida en el Real Decreto 875/2014.

¿Qué debes traer?

► DNI original y foto carnet (te la podemos hacer sin coste adicional)

► Permiso antiguo para renovación o paso a categoría superior

¿Sabes qué tipo de titulación necesitas para la embarcación que quieras gobernar?

Puedes consultar el Real Decreto 875/2014. Te hacemos un resumen rápido acorde con dicho RD:

  1. Licencia de Navegación: Permiso de navegación diurna a máximo 2 millas de distancia de un puerto, marina o lugar de abrigo. Se trata de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada.
  2. Patrón de Moto Náutica C: potencia inferior a 55 cv.
  3. Patrón de Moto Náutica B: potencia igual o superior a 55 cv e inferior a 110 cv.
  4. Patrón de Moto Náutica A: potencia igual o superior a 110 cv.
  5. Patrón para Navegación Básica (PNB): Embarcaciones de recreo a motor de hasta 8 metros de eslora, siempre que no se aleje más de 5 millas de cualquier puerto, marina o lugar de abrigo. Incluye gobierno de motos náuticas, dentro de sus límites específicos de navegación. Se puede habilitar para gobierno de embarcaciones a vela de manera complementaria.
  6. Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): Embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora y hasta 12 millas de la costa. Este título permite la navegación entre islas dentro del archipiélago balear. Incluye gobierno de motos náuticas, dentro de sus límites específicos de navegación. Se puede habilitar para gobierno de embarcaciones a vela de manera complementaria o ampliar para gobernar hasta 24 metros de eslora y embarcaciones a vela así como para navegar entre la Península y Baleares.
  7. Patrón de Yate: Embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y hasta 150 millas náuticas de la costa. Incluye gobierno de motos náuticas, dentro de sus límites específicos de navegación. Se puede habilitar para gobierno de embarcaciones a vela de manera complementaria.
  8. Licencia Capitán de Yate: Permite navegar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y sin límites geográficos. Incluye gobierno de motos náuticas, dentro de sus límites específicos de navegación. Se puede habilitar para gobierno de embarcaciones a vela de manera complementaria.